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  • Consulta : 210047
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 327761

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Bajo ninguno, pues el impago de un título de crédito de los denominados por la Ley pagaré, no es un delito sancionado con pena de prisióin, solamente le da derecho a reclamar el pago en la vía ejecutiva mercantil, además de que si usted no se cercioró que el firmante tuviera la suficiente solvencia, no es culpa de él, sino suya,