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  • Consulta : 210046
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 327762

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Sus padres no tienen ningún derecho a hacer lo que pretenden, ya que si usted presentó a la niña ante el Registro Civil y la registró como su hija, solamente usted tiene el ejercicio de la patria potestad, y en virtud de él, solamente usted tiene el derecho de educar a la niña como considere que lo que más conviene a su superior interés.

    Hágales ver a sus padres que, si usted decide irse a vivir a otro domicilio con su niña y ellos tratan de evitarlo, incurrirán en el delito de retención de menores que se sanciona con epa de prisión, en virtud de que ellos no tienen, ni la patria potestad ni la custodia sobre su hija.