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  • Consulta : 209791
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 327449

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    No, no pueden embargar la casa si ésta está inscrita en el Registro Público de la Propiedad a nombre de su esposa, a menos que ella haya firmado como fiador o deudor solidario suyo.

    No hagan ningún convenio con Sertec; sólo es una agencia de cobranza extrajudicial, es decir, solamente hacen trámites tratando de que, maediante intimidaciones, los deudores hagan convenios de pago que, después, resulta que American Express los desconoce.

    Lo que deben hacer es, asistidos de un abogado especialista en materia mercantil, promover diligencias de ofrecimiento de pago y consignación de las cantidades que ustedes puedan cubrir, semanal, quincenal o mensualmente, señalando expresamente al hacer la consignación, que el pago efectuado debe aplicarse forzosamente al capital.

    En caso que carezca de los medios para contratar a un abogado, acuda al Servicio de Defensoría Pública del Estado de Aguascalientes, que se ubica en Vázquez del Mercado número 101, despacho 301, en la capital del Estado, en donde podrán asignarle a un defensor de oficio que los auxilie gratuitamente en los trámites.