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Fecha de respuesta: Domingo 29 de Septiembre de 2013 23:41 2013-09-29 23:41 desde IP: 201.124.11.140
Hola consultante, el procedimiento es iniciar un juicio contencioso administrativo a efecto de hacer verle a la autoridad administrativa el error del acto pues si bien el vehiculo estuvo robado de tal fecha a tal fecha, es improcedente cobrar esas tenencias por no existir un hecho y bien generador del cobro y pago del impuesto (lo cual es el uso del vehiculo), pues este estaba robado, recordando que el impuesto predia es subsecuente a la propiedad y uso de un vehiculo cuando este se encuentre circulando y obviamente dado de ALTA, contrate los servicios de un abogado especialista en materia administrativa, saludos
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