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AutorRespuesta No: 327253
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Fecha de respuesta: Domingo 29 de Septiembre de 2013 13:05 2013-09-29 13:05 desde IP: 187.162.210.121
Existen varias; si se pone a estudiar el Código de Procedimientos Civiles de su Estado, se dará cuenta de ello y, además, aprenderá en que vía deben tramitarse los distintos asuntos que, quizá, el día de3 mañana deba llevar a los clientes que confíen en usted, porque sí estudio y sabe.
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