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  • Consulta : 209534
  • Autor : Alberto Garcíaa
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  • Autor
    Respuesta No: 332616

  • Alberto Garcíaa
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, los bienes ejidales tienen condiciones muy especificas para su compraventa, es decir para que esa venta sea "existente" tendria que firmar la asamblea ejidal debidamente conformada, situación que al parecer no sucedio, lo recomandable desde mi punto de vista es acudir con el comisario ejidal o con la asamblea para que se te reconozca como avencidado... o poseedor, ojo cualquier dia te puden obligar a dejar ese terreno mediante un juicio de restitución, lo anterior lo comento con el animo de que este informado, en cualquier caso necesita asesoria especializada en materia Agraria

    Con gusto le ofrecemos nuestros servicios  

    Rivero, Garcia, Macilla & Asociados  w w w . r g m y a . c o m

    0445513555318