- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 209528
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 327159
-
Fecha de respuesta: Sábado 28 de Septiembre de 2013 16:26 2013-09-28 16:26 desde IP: 189.234.153.12
Si no tienes imss... Y han oasado diez años... Ese es tu problema... La empresa no esta obligada por la ley a cubrir tus gastos de alumbramiento... Solo a darte los. Famosos cuarenta dias antes y cuarenta dias despues del parto... Y el salario de ese termino... Pero no los gastos de alumbramiento que hubieras erogado tu...
-
Autor





