- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 209516
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 327140
-
Fecha de respuesta: Sábado 28 de Septiembre de 2013 10:40 2013-09-28 10:40 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
Si la pensión usted la recibe con motivo de los descuentos que efectúa a su salario la empresa en la que trabaja el deudor alimentario por así haberlo ordenado un juez, entonces la empresa, en caso de que el obligado a dar la pensión renuncia o dea despedido del trabajo, está obligada a entregarle a usted ese mismo porcentaje, en cuyo caso, la cantidad que reciba, no releva al deudor de seguir pagando las pensiones directamente, con la misma periodicidad y cuantía determinada por el juzgador.
-
Autor





