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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Octubre de 2013 17:18 2013-10-26 17:18 desde IP: 187.171.110.78
Raul, pero si deja de ir a laborar tres días seguidos le levantarán un acta por abandono de trabajo y entonces sí le rescinden el contraro sin responsabilidad para el patrón. Salvo que ya hubiera interpuesto en ese lapso demanda ante la Junta de Conciliación lo cual dudo. El decir que "he decidido dar por terminada la relación laboral" es lo mismo que renunciar. Que no lo haya hecho formalmente no cambia la naturaleza del acto. Y para míseros 8 meses de trabajo por ley le correspondería casi nada aún pensando que el patrón fuera condenado a liquidarle.
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