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AutorRespuesta No: 327088
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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Septiembre de 2013 17:00 2013-09-27 17:00 desde IP: 187.162.210.121
Contrate a un abogado para que proceda a contestar la demanda; solamente cuenta con 8 días hábiles.
Seguramente, los abogados a que se refiere fueron un actuario de alguno de los Juzgados de Primera Instancia en Materia Mercantil, y lo que le entregaron fueron las copias de la demanda y del pagaré.
Si su madre firmó o no el documento, sólo ella podrá decirlo al tenerlo a la vista.
En caso que efectivamente no lo haya firmado, al contestar la demanda deben ofrecer la prueba pericial en materia de grafoscopía y designar perito, acompañando el interrogatorio al tenor del cual deberá emitir su dictamen; el abogado debe saber cómo hacerlo.
Si no conterstan la demanda, seguirá el juicio en su rebeldía y el juez dictará sentencia condenándola a pagar la suerte principal, los intereses moratorios y los gastos del juicio, y llegado el caso rematará la propiedad que se embargó.
La demanda fue porque, haciendo vencido el pagaré el 25 de enero de 2011, solamente tenían hasta el 25 de enero de 2014 para poder iniciarl el juicio ejecutivo mercantil.
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