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  • Consulta : 209400
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 327056

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si ustred es despedida injustificadamente, tiene derecho al pago de las siguientes prestaciones:

    Indemnización constitucional, consistente en 3 meses de salario: $ 12,000.00

    Prima de antigüedad, consistente en 12 días por cada año de servicios laborados (12 por 18 años más 5 días por los meses de abril a septiembre de 2013) 221 días, que se pagan con el equivalente al doble del salario mínimo vigente en el Estado de México $ 129.52 diarios: 28,623.92

    Vacaciones correspondientes al cumplimiento de 18 años: 18 días por 133.33: $ 2,399.94

    Prima vacacional 18 años: $ 600.00

    Vacaciones proporcionales abril septiembre 2013: 7.5 días: $ 1,000.00

    Prima vacacional abril septiembre 2013: $ 250.00

    Agunaldo 2013: $ 1,499.65

    Tiempo extraordinario (usted labora una jornada semanal de 60 horas, cuando la máxima legal es de 48 horas semanales, por lo que tiene derecho al pago de 12 horas semanales de tiempo extraordinario, a razón de salario doble las primeras 9 horas y triple las 3 restantes: $ 23,399.40.

    Total aproximado: $ 69,772.92.

    Además, al demandar y obtener un laudo favorable, el patrón también tendrá que pagarle salarios caídos hasta por un año, y si el juicio y cumplimiento tarda más de ese tiempo, a partir del año, un interés del 2$ mensual sobre la cantidad que resulte de 15 meses de salario, que en su caso serían $ 1,200.00 mensuales de intereses,a partir del treceavo mes.

    No deje ya pasar más tiempo, contrate a un abogado especialista en derechi laboral, o acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en donde le asignarán a un defensor de oficio.