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AutorRespuesta No: 326846
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Septiembre de 2013 09:18 2013-09-25 09:18 desde IP: 187.162.210.121
El patrón debe entregar al trabajador su finiquito en la misma fecha en que éste presente su renuncia, ya que solamente comprende el pago de las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.
Evidentemente, la empresa no tiene ninguna intención de pagarle las cantidades a que tiene derecho, ya que de estar dispuesta a cumplir su obligación, pudo hacer el pago, si no en forma inmediata, al menos dentro de la semana siguiente, ya que no representaba una cantidad que no pudiera cubrir en un breve término.
Lo que necesitaría hacer es demandar a la empresa por el pago de lo que legalmente le corresponde; sin embargo, difícilmente encontrará a un abogado particular que le interese llevar un juicio por una cuantía tan pequeña, así que lo mejor es que acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en San Luis Potosí, que se ubica en el Centro Comercial Tangamanga, y solicite le asignen a un abogado de oficio para que manden citar al representante legal de la empresa, y si no acude o no le paga inmediatamente su finiquito, procedan a demandar a la patronal.
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