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  • Consulta : 209069
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 326669

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si el terreno en que se construyó la casa le fue donado a usted por sus padres, y en el REgistro Público de la Propiedad consta que usted es su legítima propietaria, entonces la casa también le pertenece a usted, con independencia que dse haya construido con un crédito que le otorgó el Infonavit al padre de sus hijos.

    Lo importante es quién está habitando esa casa, ya que si es su ex esposo, tendrá que demandarlo por la reivindicación del inmueble, para que en su momento y en ejecución de sentencia, sea desalojado aún mediante el uso de la fuerza pública.

    Acuda al Instituto o Dirección de la Defensoría de Oficio de su localidad, y solicite que le brinde la asistencia legal que necesita, y ahí le asignarán a un abogado de oficio que lleve a cabo los trámites necesarios.

    Un vez que haya recuperado su casa, usted misma podrá acudir ante un Notario a efecto de que celebre el contrato de donación correspondiente, para que el inmueble quede a nombre de sus hijos.

    En cuanto a los alimentos de sus hijos, también deberá iniciar el juicio de alimentos correspondiente, a fin de que el juez fije la pensión que por ese concepto deberá pagar el padre, primero con el carácter de provisional, y en su oportunidad como definitiva.