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AutorRespuesta No: 326572
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Septiembre de 2013 08:21 2013-09-23 08:21 desde IP: 187.207.239.118
O acude a la profeco o inicia Juicio de Cumplimiento de contrato, para que la autoridad judicial los obligue a la reparación de su bien inmueble, Uste esta al corriente y tiene ese derecho, contrate a un Abogado de su localidad y propocionele los elementos probatorios necesarios para que los haga vale, y aunque haya cambiado la razón social, Usted esta protegido por el contrato inicial
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