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  • Consulta : 209006
  • Autor : jeramosabogado
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  • Autor
    Respuesta No: 326569

  • jeramosabogado
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En primer lugar todo lo que usted piensa lo debe realizar un Abogado que tenga cnocimiento de juicios sucesorios, el sabra que hacer en cuanto a la inclusión de inventarios e incidentes que se deban de tramitar en los juicios, una vez que usted lo autorize éste le dara el conocimiento y no los bienes de tu papa no tienen por que aparecer en el inventario de tu abuela, son masas hereditarias diferentes, salvo los derechos de herencia que él tenía en el testamento otorgado por tu abuela, pero como lo digo, esto lo debe hacer un Abogado, suerte.