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Fecha de respuesta: Martes 17 de Septiembre de 2013 00:29 2013-09-17 00:29 desde IP: 187.234.144.81
Hola consultante, antes que nada espero se encuentre bien, para empezar, es importante saber si ya anteriormente promovio un juicio de alimentos en el cual el juez condenara a la parte demandada (padre de su hija) al pago de una pensión alimenticia (tal cantidad de pesos mensuales), esto se lo comento pues ya que con esa sentencia, usted podra ir a la agencia del ministerio publico a iniciar una querella por el delito de incumplimiento a los deberes alimentarios, por que es importante esa sentencia? pues como en ella se mandara con un perito en contabilidad a efecto de que determine y calcule matematicamente hablando, cuanto es lo que el señor no ha proporcionado, con ese dictamen pericial el agente del ministerio publico le gira un citatorio a efecto de comparecer y saber si el señor ha cumplido o no, que pruebas tiene, etc. y en caso de que no pueda comprobar, sera sujeto a un proceso penal, el cual a demas de generar antecedentes, tendra que pagar lo no suministrado a tiempo y debera garantizar por cuando menos un año la pensión... si usted no tiene sentencia, no importa, de cualquier manera puede hacerlo sin embargo no se podra determinar el incumplimiento como tal por X periodo de tiempo, SI GUSTA ME PONGO A SUS ORDENES PARA CUALQUIER DUDA! MIS DATOS ESTAN EN MI OFICINA VIRTUAL! SALUDOS
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