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  • Consulta : 208274
  • Autor : cizin_ku
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  • cizin_ku
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     Agradezco mucho la atencion y tu asesoria

    te comento que el contrato en la Clausula Segunda: La renta convenida al firmarse el presente contrato es de X Cantidad, dicha renta se pagara por mensualidades adelantadas los dias 10 de cada mes, conforme al art 1955 del codigo civil para el Estado de Mexico en moneda de circulacion legal y depositado en X Cuenta Bancaria, como lo determina el art 1925 de codigo civil ya citado. toda mensualidad sera paga integra, aun cuando el inquilino solo ocupe el inmueble parte del mes. Los ajustes de la renta mensual seran anuales de acuerdo a la variacion que haya sufrido el INPC. No se si esta clausula haga que el contrato sea indefinido automaticamente ya que los ajustes si se realizaron año con año, la cantidad en el contrato estipulado era uno y el pago era otro ej 1500 y le pagabamos $1600 esos $100 de mas segun era para pago de agua, pago que hasta la fecha no lo han hecho. 

    Clausula Cuarta: El Termino del arrendamiento es por 12 Meses a partir del 10 de abril del 2009.  Transcurrido el cual si no hay renovacion del presente contrato, se dara por resindido sin opcion a prorroga por lo que el inquilino renuncia expresamente a lo dispuesto por el art 1992 del codigo civil del Estado de Mexico y debera entregar el bien inmueble al vencimiento plazo sin dar lugar a juicio de desocupacion. Como te habras dado cuenta me encuentro en el Estado de Mexico 

    En cuanto al ofrecimiento que te puedo decir, ya ni llorar es bueno, de haber estado informado sobre este tipo de venta lo hubiera aprovechado pero como bien dices, el hubiera no existe.

    Creo que empezare a promover las diligencias de pago, para que una vez que este aclarado esta situacion el dinero estara destinado para el legitimo dueño.

    Y encuanto al pago de la renta con el deposito en garantia, el arrendador lo acepta ya que el mismo hace la proposicion, como lo comente al principio, cuando le envie la notificacion que envio el despacho de que el inmueble ha sido adquirido por otra persona, por tal motivo le comente que no iba a pagar la renta de este mes hasta no tener solucionado este problema, el mando la solucion por correo de que tomaria el deposito de garantia a pago de renta del mes y que para el dia 12 de octubre yo tengo que desocupar el inmueble, sin que yo haya aceptado dicha solucion, quiero entender que lo "unico que me salvaria" es si el nuevo dueño se presenta con la notificacion legal de que el es el nuevo dueño y me siguiera rentando el inmueble, porque veo complicado que el actual dueño una vez solucionado el problema a su favor quiera seguir rentandome el inmueble, que segun yo no deberia de haber problema ante eso ya que el que esta incumpliendo es el y no yo, ya que en lo que va de casi 5 años es la primera vez que no estaria pagando la renta, me he llegado a atrasar pero no por mas de 5 dias, y te he de decir que el estado del inmueble esta 100 veces mejor de como ellos nos lo entregaron, al grado de que el dia que entro a ver el inmueble se sorprendio de como estaba.

    atento a tus comentarios