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  • Consulta : 208239
  • Autor : camacho
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  • Autor
    Respuesta No: 325783

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Debera su abogado interponer la excepcion correspondiente a la falta de cumpliminto del plazo y las que se deriven de esta circunstancias, ya que si el pagare no esta vencido no existe obligacion de pagarlo, por la falta de plazo, articulo 1122 fraccion V del codigo de comercio. Atte. Lic. J. L. Camacho