- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 208239
- Autor : camacho
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 815
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 47 % -
: 52 %
-
AutorRespuesta No: 325783
-
Fecha de respuesta: Jueves 12 de Septiembre de 2013 21:22 2013-09-12 21:22 desde IP: 189.137.74.12
Debera su abogado interponer la excepcion correspondiente a la falta de cumpliminto del plazo y las que se deriven de esta circunstancias, ya que si el pagare no esta vencido no existe obligacion de pagarlo, por la falta de plazo, articulo 1122 fraccion V del codigo de comercio. Atte. Lic. J. L. Camacho
-
Autor





