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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Julio de 2014 00:41 2014-07-20 00:41 desde IP: 201.141.253.42
Los derechos de un titular finado sin sucesores, forzosamente debe. llevarse ante los Tribunales Agrarios y frente al Magistrado resolver a quien se adjudican los derechos. No olvides que en materia sucesoria, no valen los acuerdos de palabra.
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