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  • Consulta : 208025
  • Autor : SalinasAdvocatus
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  • Autor
    Respuesta No: 325586

  • SalinasAdvocatus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    Buenas Noches:

    Respondiendo a su pregunta, le comento que es común que existan errores en las actas del registro civil, nacimiento, matrimonio, etc. Cuando estos son mecanográficos u ortográficos (de dedo) y no afectan los datos esenciales, el trámite de aclaración (Administrativo) es sencillo y usted mismo lo puede realizar acudiendo directamente al registro civil donde pasó el acta o a través de un apoderado con carta poder.

    Cuando se demuestra que una persona ha utilizado un nombre o apellido distinto o se encuentra mal la fecha de nacimiento o algún otro dato esencial, se tiene que interponer una demanda de rectificación de acta mediante la vía ordinario civil, ante los juzgados familiares de su localidad, para que a su vez un juez de lo familiar conozca y resuelva dictando sentencia que ordene al oficial del registro se realice la anotación marginal del registro en los términos ordenados en la misma.
 Y esto es porque a los Oficiales del Registro Civil no les está permitido hacer correcciones de sus libros y actas.

    Espero que la información proporcionada te sea de utilidad, cualquier aclaración, duda o información adicional que necesite quedo a sus ordenes.

    Saludos.