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  • Consulta : 207865
  • Autor : GiovanniGuillen1
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  • Autor
    Respuesta No: 325441

  • GiovanniGuillen1
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Tienes como plazo 2 años para ejecutar el Laudo, si la empresa comparecio a Juicio se apersono etc solo le quedaria un amparo directo para tratar de cambiar el sentido del laudo, el plazo para interponer el amparo directo es de 15 dias habiles (sin contar sabados domingo y dias festivos), despues de la fecha en que la parte patronal fue notficada, tu abogado no puede haber pedido fecha de embargo sin antes haber esperado ese plazo de los 15 dias habiles, si la empresa no comparecio a juicio y alega que no fueron notificados presentaria un amparo indirecto pero ese es otro escenario.

     

    El amparo directo asi como el indirecto ambos se pueden revisar por internet una vez que se presenta y tienes el numero que le correspondio.

     

    cualquier duda visita mi oficina y echame una llamada.

     

    Lic. Giovanni Guillen