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AutorRespuesta No: 325290
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Fecha de respuesta: Viernes 06 de Septiembre de 2013 20:27 2013-09-06 20:27 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
No, no es posible; el artículo 2.14, del Código Civil del Estado de México, claramente señala que el nombre de las personas físicas se forma con el sustantivo propio, y con los apellidos paternos del padre y la madre; por tanto, el nombre no queda sujeto al capricho de los padres.
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