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  • Consulta : 207512
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si bien es cierto, omo lo señala la Licenciada Rosa Isela, si la demandada no contesta la demanda, se tendrán por ciertos los hechos respecto los cuales guardó silencio y no suscitó controversia, también lo es que ello no lo releva a usted de su oblgación de probar los hechos respecto los cuales se funda la causal de divorcio que invocó, por lo que deberá presentar testigos para que, al ser examinados, declaren que saben y les consta, por sí mismos y sus propios sentidos, que usted y su cónyuge tienen más de dos años de separados, y que como consecuencia de ello, no se cumplen los fines del matrimonio, pues no viven juntos en el mismo domicilio, ni se brindan socorro y ayuda mutua.