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AutorRespuesta No: 325114
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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Septiembre de 2013 09:32 2013-09-04 09:32 desde IP: 187.208.91.235
cuando despues de cometer lo previsto en los arts. 177, 178 179 del codigo penal de la entidad donde radicas, interpongan la querella correspondiente en tu contra y te detengan
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