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AutorRespuesta No: 324638
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Agosto de 2013 20:00 2013-08-28 20:00 desde IP: 187.201.98.207
dangrl2:
La audiencia de vista es para que el condenado y/o su defensa expresen los agravios (objeciones) que le ocasiona la sentencia condenatoria del juez, es innecesario que usted esté presente en tal audiencia a menos que en el citatorio se le prevenga que le será aplicada una medida de apremio (como una multa) para obligarlo a asistir.... -
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