- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 206769
- Autor : Mariadejesusoria
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 57
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 324433
-
Fecha de respuesta: Lunes 26 de Agosto de 2013 19:54 2013-08-26 19:54 desde IP: 201.153.61.132
Si te encuentras solo separado, pero aun no te divorcias y el régimen por el cual te casaste es sociedad conyugal es posible que embarguen la casa donde vive tu esposa e hijas (solo cuando hayan iniciado los del banco un Juicio en tu contra), yo te recomiendo que pagues a la brevedad pero, acude con un asesor al banco para saber si es verdad esa notificación que te hacen los de cobranza, es una muy buena oferta asi que aprovechal.
En cuanto a las determinaciones que dicen sobre la utilización de fuerza publica, cateo solo puede decretarlas un Juez pero esto solo cuando se haya iniciado un procedimiento judicial en tu contra, si tienes mas dudas visita mi oficina y deja mensaje o escribe directamente a mi correo electrónico en mi oficina encontraras la direccion
-
Autor





