Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 206769
  • Autor : Mariadejesusoria
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 57
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 324433

  • Mariadejesusoria
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si te encuentras solo separado, pero aun no te divorcias y el régimen por el cual te casaste es sociedad conyugal es posible que embarguen la casa donde vive tu esposa e hijas (solo cuando hayan iniciado los del banco un Juicio en tu contra), yo te recomiendo  que pagues  a la brevedad pero, acude con un asesor al banco para saber si es verdad esa notificación que te hacen los de cobranza, es una muy buena oferta asi que aprovechal.

    En cuanto a las determinaciones que dicen sobre la utilización de fuerza publica, cateo solo puede decretarlas un Juez pero esto solo cuando se haya iniciado un procedimiento judicial en tu contra, si tienes mas dudas visita mi oficina y deja mensaje o escribe directamente a mi correo electrónico en mi oficina encontraras la direccion