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  • Consulta : 206587
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 324286

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    La innformación que proporciona es insuficiente para darle una orientación, ya que si bien es cierto señala que su esposa le demandó el divorcio necesario, tambipen lo es que no menciona cuál fue la determinaci´n del juez respecto a la custodia del niño.

    Si en el auto admisorio de la demanda, en juez determinó que su esposa tendría la guarda y custodia del menor y usted, sin su autorización se llevó a su hijo del domicilio que habita con su madre, evidentemente su conducta resulta configurativa del ilicito de sustracción de menores, con independencia que entre su mujer y usted hayan acordado que ella tendría al menor toda la semana y usted los sábados y domingos, pues dicho pacto no puede estar por encima de la determinación judicial relativa a la guarda y custodia.

    Asimismo, tampoco menciona si derivado de ese juicio el juzgador le fijó un régimen de convivencia con el niño, y menos señala, en caso que no hubiera sido así, si reconvino a su cónyuge por la posesión inerina y convivencia entre su hijo y usted.

    Creo que lo más prudente es que solicite al abogado que lo está patrocinando, le aclare todas las dudas que usted tenga, pues precisamente está pagándole sus honorarios, a fin de que no solamente lo defienda sino también para que le brinde toda la asesoría y asistencia legal que usted necesite.