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Fecha de respuesta: Martes 20 de Agosto de 2013 22:40 2013-08-20 22:40 desde IP: 189.234.237.236
la patria potestad... la tienes desde que fue reconocido por ti ante el registro civil...
lo que has de querer... es la guarda y custodia de menor...
este es un juicio... no nada mas es pedirla... y lo tienes que hacer por medio de un abogado y en un juzgado familiar...
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