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  • Consulta : 206005
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 323933

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Lo que procede es que usted pague la deuda, y posteriormente demande a su fiado las cantidades que pagó.

    No olvide que el fiador es aquella persona que se obliga a pagar en lugar del deudor, si éste no lo hace