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  • Consulta : 205968
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 323878

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mi buen... Se ve que no litigas penal... No es que se parezca a un delito... O como en civil.. Acredito parcialmente su acción... . Los delitos... Dependen de pruebas tasadas... Que determinen... Simple y llanamente.... Hay delito... O no hay delito.. El delito deja de existir,.. Por el sólo hecho de cambiar la escena... Ese es el trabajo del defensor ... Justificar la conducta... O destruir el hecho que se supone dio origen al delito... El mp... Sólo recibe la denuncia o querella... Y si cree que hay presunta culpabilidad. O... Cuerpo del delito ... Procede... Tu presentarías... Seguro... Las notas de reparación y como testigo... Al trabajador... Yo diría como defensor... Como sabemos que el supuesto ofendido no hizo unos daños..., se colude con quien los repara... Y ahora pretende cobrar a mi defenso... Ya que no hay testigos de que este haya hecho los daños.... CREO... Que de esta área. ... No estas muy mojado... No hay delito... Así de simple... No hay escena dl crimen... No hay cuerpo del delito... Y por ende ... No hay presunta responsabilidad ...