- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 205933
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 323983
-
Fecha de respuesta: Domingo 18 de Agosto de 2013 23:19 2013-08-18 23:19 desde IP: 201.141.112.113
El Impueto predial, al igual que todos los impuestos, se compone del sujeto, el objeto, la tasa, cuantía o cuota, y al igual que el impouestosobre tenencia o uso de vehículos, es sujeto tanto el propietario como el poseedor, por lo que cualquier requerimiento de autoridad interrumpe la prescripción ya que ésta no tiene obligación de conocer si el propietario está finado o no. Si quien recibe la notificación es el poseedor como la AFIRMA el consultante en su intervención, es claro que la notificación es legal.
-
Autor





