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AutorRespuesta No: 323882
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Fecha de respuesta: Sábado 17 de Agosto de 2013 01:26 2013-08-17 01:26 desde IP: 201.141.125.113
Como lo menciona se trata de un crédito fiscal, lo que significa que previamente existieron requerimientos que por sí mismo interrumpen la prescripción, pero si además ya hay gastos de ejecución, es claro que no opera la prescripción. A lo más puede celebrar un convenio para poagar en parcialidades.
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