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  • Consulta : 205743
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 323669

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Es errónea la información que le proporciona el forista que me antecede.

    Si usted presenta su renuncia voluntaria al trabajo, no tiene derecho a que se le pague la prima de antigüedad, ya que dicha prestación, de conformidad con lo que dispone el artículo 162, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo, solamene se paga a los trabajadores que se separen del empleo siempre y cuando hayan cumplido quince años de antigüedad, y en su caso, solamente tiene trabajados tres años y cinco meses (de abril de 2010 a agosto de 2013).

    En consecuencia, solamente le corresponde el pago de las vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, proporcionales al tiempo trabajado, de la siguiente forma:

    Si ya disfrutó las vacaciones correspondiente a su tercer año de servicios, solamente le corresponde la parte proporcional por los cinco meses trabajados de abril a agosto de 2013; lo mismo sucede en el caso de la prima de antigüedad.

    Por lo ue hace al aguinaldo, le corresponde la parte proporcional al período laborado de enero a agosto de 2013.