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  • Consulta : 205560
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 323628

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, es acertado lo que comenta el abogado anterior, pero queremos agregar que en dicha diligencia solicites la declaración de presunción de propiedad, pues si bien la jurisdicción voluntaria de informaciones ad perpetuam no acredita la propiedad, sirve para presumirse y sin tal declaratoria, la aseguradora seguirá negando el pago.

    Cualquier problema si gusta, puede consultarnos.

    “PEGZSAV ABOGADOS - Especialistas en Seguros”.