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  • Consulta : 205310
  • Autor : LucyGG
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  • Autor
    Respuesta No: 323357

  • LucyGG
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Saludos!

    De acuerdo con la ley federal del trabajo, el trabajador que tiene mas de un año de servicios disfrutara de un periodo anual de vacaciones. Para mejor entendimiento, tienes derecho a vacaciones despues del primer año de servicios, durante el transcurso del primer año de servicios no gozas de este derecho.

    En la liquidacion por renuncia voluntaria lo que te corresponde es:

    - La parte proporcional de vacaciones (respecto de los 3 meses)

    - La parte proporcional de prima vacacional (respecto de los 3 meses)

    - La parte proporcional de aguinaldo (respecto de los 3 meses)

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