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  • Consulta : 204954
  • Autor : calamarin
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  • Autor
    Respuesta No: 323065

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Una ves que haya pagado el aval puede de la misma manera demandar al deudor principal. Solo que no podra exigir se le paguen los gastos y costas a que fue sentenciado.