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  • Consulta : 204716
  • Autor : GianKarlo
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    Respuesta No: 322690

  • GianKarlo
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si ella esta recibiendo atención medica con el número de seguridad social de su actual esposo, en su calidad de esposa o concubina, no hay problema, el IMSS no permite tener de alta como beneficiarios a la esposa (o) y conbina (concubinario), solamente  da la posibilidad de tener dada de alta a una, aunque existan las dos. Si la primera esposa estaba dada de alta en el imss y luego se divorciaron, para poder dar de alta a la nueva beneficiaria es necesario dar de baja a la anterior beneficiaria y para ello es necesario llevar el acta de divorcio, así que solo chequen que el número de seguridad social de su actual esposo, sea el mismo de tu mamá en calidad de esposa o concubina y ya con eso no hay ningún problema para que ustedes hagan los tramites de pensión cuando sea necesario.