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AutorRespuesta No: 322806
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Agosto de 2013 20:18 2013-08-02 20:18 desde IP: 187.201.127.169
expediente06:
¿¡¿Y cree usted que al consultante le interesa el Código Penal de Puebla cuando los hechos son en el Distrito Federal?!?
De verdad que usted es un ignorante aunque mencione ciertos preceptos legales, pero le faltó leer los artículos 1 y 2 que se refieren a la jurisdicción territorial.
Léalos y evite ser el burro que sopla la flauta..
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