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AutorRespuesta No: 322561
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Fecha de respuesta: Miércoles 31 de Julio de 2013 10:39 2013-07-31 10:39 desde IP: 201.124.4.244
porsupuesto, usted cedería la parte proporcional que le corresponde, siempre y cuando como dice, dicho inmueble haya sido adquirido durante la sociedad conyugal, incluso esa cesión debera ser ante notario a efecto de que este dotada de legalidad juridica... saludos
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