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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Septiembre de 2013 10:39 2013-09-07 10:39 desde IP: 189.142.170.60
Usted NO tenía por que pagar la luz de su inquilino, basta su contrato para demostrar que usted no es el deudor. La ley de servicio público de energía eléctrica, que es la que rige a CFE, nunca menciona que el arrendatario tiene que pagar. Por básico que sea su contrato es suficiente para demostrar que usted no es quien dispuso del servicio. Esto es como si un abonero le exigiera la paga que convino con su inquilino. Esto lo debe ver en profeco demandando a CFE lleve la ley que le digo, la puede consultar en internet.
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