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Fecha de respuesta: Miércoles 31 de Julio de 2013 12:33 2013-07-31 12:33 desde IP: 201.141.241.170
alejandra8710
Para que usted pueda solicitar el divorcio debe cumplir un año un dia de haberse celebrado el matrimonio, antes no es posible.
No indica usted en que Estado de la Republica escribe, al vivir con la suegra usted estan en calidad de arrimados y por ello no existe domicilio conyugal, por lo que usted si decide salirse de dicho domicilio no tiene problema alguno, mientras peude demandar la pension alimenticia en tanto se cumple un año de haberse celebrado el matrimonio.
Es falso el argumento de que su conyuge le quiten al menor, a usted por ley le corresponde la guarda y custodia, puede usted presentar denuncia de hechos ante Ministerio Publico por la probable comision del delito de VIOLENCIA FAMILIAR, aun que su suegra pensione a su hijo eso no es impedimento para que el como padre deje de ministrar alimentos al menor.
Asistase de abogado de su confianza.
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