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AutorRespuesta No: 322144
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Fecha de respuesta: Viernes 26 de Julio de 2013 00:39 2013-07-26 00:39 desde IP: 201.141.98.177
Si no hay bienes, no puede hacer nada más que recuperar la mitad como pérdida fiscal en su declaración anual. Quien le diga lo contrario que le garantice con fianza.
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