Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 204080
  • Autor : Cuaresmen
  • Consultas en Foro: 4
  • Respuestas en Foro: 2380
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5560
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 322004

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    1.- La inmatriculacio`n administrativa es la que se lleva en los Ayuntamientos para cobrar el predial de una casa, o un predio,  y tiene efectos declarativos , pero no crea ningùn derecho, por que es ADMINISTRATIVA

    2.- sí

    3.- Las demas respuestas es:  TU PUEDES PELEAR LA CASA SI LA POSEES COMO DUEÑO.   Si no,  no.  es decir,  tu tìa y tu prima en estos 10 años te dieron vuelta,  y no nos dices si ellas viven ahi.,

    Si tù vives ahi EN CALIDAD DE DUEÑO,  còrrelas,  pero mira,  eres muy incompleto en tu narraciòn,  no nos dices què clase de testamento dejò tu padre,  y obviamente, tu padre no tenìa escrituras de esa casa que dices dejò y que no te incluyò... entonces... còmo demostramos que tu padre era el dueño????  como peleamos contra el testamento????  facil:   LEYENDOLOS. Acude con alguien como nosotros , con cèdula profesional..

    Saludos.