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  • Consulta : 204010
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 322033

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Velázquez... Saludos... La profeco... No es una autoridad para efectos de este asunto... Ya que si hicieran algo... Sería un acto paraprocesal... No vinculatorio... No obligatorio ... Y si firmaron de alguna firma un compromiso en el sentido que señalan... Se puede señalar que profeco no es como exente para conocer y resolver y menos sobre un contrato de prestación de servicios ya tan viejo...