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AutorRespuesta No: 322033
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Julio de 2013 21:06 2013-07-24 21:06 desde IP: 189.234.184.130
Velázquez... Saludos... La profeco... No es una autoridad para efectos de este asunto... Ya que si hicieran algo... Sería un acto paraprocesal... No vinculatorio... No obligatorio ... Y si firmaron de alguna firma un compromiso en el sentido que señalan... Se puede señalar que profeco no es como exente para conocer y resolver y menos sobre un contrato de prestación de servicios ya tan viejo...
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