- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 203922
- Autor : GianKarlo
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 18
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 321902
-
Fecha de respuesta: Martes 23 de Julio de 2013 15:07 2013-07-23 15:07 desde IP: 189.168.100.145
Hola amigo buenas tardes.
Mi nombre es Juan Carlos Alcántar y soy abogado especialista en derecho laboral, en este tipo de casos debes de prestar especial atención, ya que puedes tener diferentes problemas legales, ya sea una demanda laboral por la falta de pagos e indemnizaciones que señala la ley laboral en caso de muerte de un trabajador por riesgo de trabajo y además si éste no se encontraba inscrito en el IMSS, lo mejor es estar en contacto con la viuda y decirle que se le va a apoyar, aunque toda apoyo que le des sobretodo en dinero lo mejor es que te firme la documentación respectiva.Las indeminizaciones que se deberan de otorgar a la viuda son las que establecen los articulos 500 y 502 de la ley laboral del trabajo. En todo caso lo mejor es convenir con la viuda y que todo esté por escrito.
Si gustas puedo ofrecerte mis servicios profesionales para que todo l que hagas esté en orden y no tengas problemas judiciales, puedes contactarme en el correo eléctronico ciseejay
-
Autor





