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  • Consulta : 203399
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 321426

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    NO creo que puedas hacerlo por PRESCRIPCION POSITIVA, por algunos detalles técnicos,  o igual y sí.. pero lo más seguro es QUE NO .

    Sin embargo, sí puedes mediante una SUCESION INTESTAMENTARIA a bienes de tu difunto aguelo.

    Obvio que para que esto te funcione, tienes qué contratar a alguien como nosotros, honesto y con cédula profesional.

    He visto últimamente que un tal "tocas68" y un tal "yair omar" hasta piden dinero para que les deposites y según ellos te arreglan desde donde esten y donde estes tú, tu problema, NO ES CIERTO, no caigas en fraudes.

    Contrata a un licenciado en Derecho que te garantice el éxito en la acción.  YO lo haría.

    Saludos.