Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 203055
  • Autor : Mariadejesusoria
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 57
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 321072

  • Mariadejesusoria
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Es importante saber si existe contrato de arrendamiento escrito o verbal primero que nada, en caso de que se haya firmado contrato de arrendamiento puedes optar o por el cumplimiento del contrato para que este te pague las rentas vencidas o por las rescisión del contrato por falta de pago.

    o puedes optar por iniciar un Juicio de Desahucio, al arrendatario le requieren el pago en caso de no efectuarse el pago le dan 30 dias para desocupar el inmueble, en algunos estado a solicitud del actor o de quien demande se pueden embargar bienes suficientes que garanticen el pago de las rentas que no ha pagado tu arrendatario, visita mi oficina si tienes alguna duda.