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Fecha de respuesta: Martes 09 de Julio de 2013 19:01 2013-07-09 19:01 desde IP: 201.141.224.234
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Los bienes adquiridos por herrencia en caso de divorcio NO entran en la liquidacion de la Sociedad Conyugal. En caso de ser necesario acreditarlo esto se hace con la escritura de adjudicacion.
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