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  • Consulta : 202868
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 320900

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    saba040598_NR

    Los bienes adquiridos por herrencia en caso de divorcio NO entran en la liquidacion de la Sociedad Conyugal. En caso de ser necesario acreditarlo esto se hace con la escritura de adjudicacion.