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Fecha de respuesta: Domingo 07 de Julio de 2013 17:37 2013-07-07 17:37 desde IP: 187.201.119.38
gaby.favila:
Evidentemente usted está pésimamente informada o le vieron la cara.
En efecto, las pensiones alimenticias nunca se demandan en la vía de jurisdiccoón voluntaria, sino en juicio de controversas familiares.
A mayor abundamiento le informo que la jurisdicción voluntaria carece de la calidad de juicio, por lo que es imposible demandar a nadie en esta vía..
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