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  • Consulta : 202682
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 320677

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    gaby.favila:

    Evidentemente usted está pésimamente informada o le vieron la cara.

    En efecto, las pensiones alimenticias nunca se demandan en la vía de jurisdiccoón voluntaria, sino en juicio de controversas familiares.

    A mayor abundamiento le informo que la jurisdicción voluntaria carece de la calidad de juicio, por lo que es imposible demandar a nadie en esta vía..