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Fecha de respuesta: Domingo 07 de Julio de 2013 17:48 2013-07-07 17:48 desde IP: 187.201.119.38
dave_loko:
La ignorancia hace que hasta algunos abogados aparezcan como tontos.
Lo cierto es que desde hace algunos años a los legisladores se les ocurrió la puntada de establecer dos tipos de copias certificadas de las actas del Registro Civil, a saber:
1º. Copias certificadas completas (con todos los datos del acta original conforme aparece en el respectivo libro),
2º. Copias certificadas resumidas (con los datos esenciales pero con el mismo valor y el mismo costo que las completas).
Claro está que a los empleados les conviene expedir copias resumidas porque tienen menos trabajo, pero están obligados a expedir copias completas si previamente así les son requeridas por el interesado....
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